
El impuesto sobre embarcaciones sufrirá cambios a partir del 1 de enero de 2027. La reforma del impuesto anual sobre las embarcaciones de uso personal (TAEMUP) modifica, entre otras cosas, la forma en que se tiene en cuenta la potencia de las embarcaciones.
El objetivo declarado por el Gobierno es hacer que la fiscalidad de la navegación de recreo sea más equitativa y sencilla, al tiempo que se adapta a los avances tecnológicos y a la transición ecológica del sector náutico.
Sin embargo, para la gran mayoría de los navegantes de recreo, esta reforma no supone la introducción de un nuevo impuesto. Según el Ministerio de Transición Ecológica, más del 90 % de las embarcaciones matriculadas seguirán estando exentas de este impuesto.
Pero esta noticia plantea una cuestión más amplia para los propietarios y los futuros compradores: ¿cuánto cuesta realmente tener un barco propio?
Porque, más allá de los impuestos, convertirse en propietario también implica financiar una plaza de amarre, el seguro, el cuidado, el mantenimiento y los distintos gastos que conlleva la vida a bordo de un barco.
Es también en este contexto donde surgen nuevos usos. Entre ellos, la suscripción de embarcaciones ofrece otra forma de disfrutar de la navegación de forma habitual, sin necesidad de convertirse en propietario.
Esto es lo que hay que recordar sobre el tasa de embarcaciones de 2027, y lo que este cambio nos revela, en términos más generales, sobre las nuevas formas de practicar la navegación de recreo.
El Gobierno informó el 17 de julio de 2026 sobre la reforma del tasa anual sobre las embarcaciones de uso personal (TAEMUP).
Esta modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Sin embargo, no se trata de un simple anuncio. Las principales modificaciones figuran en elartículo 66 de la Ley n.º 2026-103, de 19 de febrero de 2026, de Presupuestos para 2026.
Por lo tanto, la reforma ya está prevista en la ley.
Entre los cambios más importantes, el componente del impuesto relacionado con la motorización se basará en el concepto de potencia de propulsión, expresada en kilovatios, en lugar del antiguo criterio de potencia administrativa para el umbral en cuestión.
La ley define esta potencia propulsora como la suma de las potencias netas máximas de los motores utilizados directa o indirectamente para la propulsión del buque.
Este nuevo método debería permitir tener más en cuenta los motores realmente instalados y la evolución tecnológica de las embarcaciones.
Fuentes oficiales: Ministerio de Transición Ecológica, comunicado del 17 de julio de 2026 relativo a la reforma de la fiscalidad de la navegación de recreo; Ley n.º 2026-103, de 19 de febrero de 2026, de Presupuestos Generales para 2026, artículo 66.
El Gobierno presenta esta reforma en torno a varios objetivos: hacer que el sistema fiscal sea más justo, simplificarlo y favorecer la transición ecológica.
Uno de los principales cambios se refiere a la forma de calcular la potencia de una embarcación a efectos del componente correspondiente del impuesto.
A partir de 2027, el sistema se basará en la potencia de propulsión expresada en kilovatios.
Este cambio permite, entre otras cosas, integrar mejor la evolución de las tecnologías de propulsión y abordar de forma más explícita determinadas formas de propulsión alternativas, como la eléctrica y la de hidrógeno.
Por lo tanto, la reforma no consiste simplemente en aumentar o reducir un impuesto ya existente. Modifica algunos de los criterios que se utilizan para determinar su aplicación y su cálculo.
Probablemente sea la primera pregunta que se hacen los navegantes de recreo.
Y hay que dejar claro un punto: no todas las embarcaciones estarán sujetas a impuestos en 2027.
La sujeción al impuesto TAEMUP depende de las características del buque y de las condiciones establecidas en el Código de Impuestos sobre Bienes y Servicios.
Un nuevo umbral relacionado con la potencia
A partir del 1 de enero de 2027, el umbral de potencia utilizado para el criterio en cuestión cambiará.
La reforma sustituye, en particular, la referencia a una potencia administrativa de al menos 22 caballos por una potencia de propulsión de al menos 120 kW.
A título indicativo, 120 kW equivalen aproximadamente a 163 caballos mecánicos.
Esta conversión permite visualizar mejor el nivel de potencia en cuestión, pero hay que evitar deducir de ello que una embarcación pasa automáticamente a estar sujeta a impuestos en cuanto alcanza los 120 kW.
La situación fiscal depende del conjunto de criterios aplicables al buque.
Se sigue teniendo en cuenta la eslora del barco
La eslora del casco también sigue siendo un factor que se tiene en cuenta en el cálculo del impuesto.
La escala prevista a partir de 2027 para el componente relacionado con la longitud incluye los siguientes importes:
Estas cantidades corresponden a el componente de la tabla de tarifas relacionado con la eslora del casco. Por lo tanto, no deben interpretarse automáticamente como el importe final del impuesto que debe abonar cada propietario.
Pueden influir otros factores, dependiendo de las características de la embarcación.
Más del 90 % de las embarcaciones quedarían exentas del impuesto
Es una cifra fundamental para situar la reforma en su contexto.
En su comunicado del 17 de julio de 2026, el Gobierno indica que más del 90 % de las embarcaciones matriculadas seguirán estando exentas del impuesto.
En otras palabras, la reforma de 2027 no implica que toda la flota de embarcaciones de recreo francesa vaya a estar sujeta a un nuevo impuesto.
Para muchos propietarios de viviendas pequeñas, es posible que ni siquiera suponga ningún cambio fiscal.
Una de las principales novedades se refiere al aspecto relacionado con la potencia de la embarcación.
Una escala basada en la potencia de propulsión
A partir de 2027, la ley establece una tarifa marginal que se aplicará por tramos de potencia de propulsión:
Hay un aspecto importante que hay que tener en cuenta para entender esta escala: funciona por tramos de potencia.
Por lo tanto, no basta con tomar la potencia total de la embarcación y multiplicarla por la tarifa correspondiente a su tramo más alto.
Al igual que en cualquier cálculo fiscal, la situación concreta debe evaluarse en función de las características del buque y de la normativa aplicable en el momento de la tributación.
Una ventaja para los motores eléctricos y de hidrógeno
La reforma también introduce un tratamiento específico para determinados motores con menores emisiones de carbono.
En el caso de los buques sujetos a impuestos cuya energía utilizada sea exclusivamente eléctrica, de hidrógeno o una combinación de ambas, el componente del impuesto relacionado con la potencia se beneficia de una reducción del 50 %, en las condiciones previstas por la ley.
Esta disposición ilustra uno de los objetivos declarados de la reforma: adaptar progresivamente la fiscalidad náutica a la transición energética del sector.
¿Y qué hay de los veleros?
Conviene aclarar la situación de los veleros.
La reforma establece que, para la categoría de buques sujetos a tributación a la que se refieren las disposiciones pertinentes del Código de Impuestos sobre Bienes y Servicios, el componente del impuesto relacionado con la potencia puede ser nulo.
Por lo tanto, es preferible no resumir la reforma afirmando que todos los veleros quedarían automáticamente exentos de cualquier tipo de impuesto.
La situación debe evaluarse en función de las características concretas del buque y de la normativa legal aplicable.
Los barcos antiguos conservan las reducciones
La antigüedad del barco también sigue teniéndose en cuenta.
La ley prevé diversas reducciones para los buques sujetos a tributación construidos antes del 1 de enero de 2008, con tipos que varían, en particular, en función de su fecha de construcción y del componente del impuesto de que se trate.
Por lo tanto, el importe final debe calcularse caso por caso.
Para determinar con precisión la normativa fiscal aplicable a una embarcación, recomendamos consultar los textos oficiales vigentes y, en caso de duda, dirigirse a los organismos administrativos competentes.
Desde el punto de vista fiscal, la reforma de 2027 es importante.
Pero también pone de relieve una cuestión más fundamental para todos aquellos que tienen un barco o están pensando en comprarlo:
¿Qué presupuesto hay que destinar realmente a la embarcación para poder navegar?
El precio que aparece en el momento de la compra es solo la primera parte de la ecuación.
Un barco tiene una particularidad: por lo general, sigue costando dinero incluso cuando no navega.
Tanto si sales todos los fines de semana como si solo lo haces unas cuantas veces durante la temporada de verano, una gran parte de los gastos sigue estando ahí.
Por eso nos parece más adecuado plantearnos el tema en términos de coste total de uso en lugar de en el simple precio de compra.
La tasa de embarcaciones de 2027 merece la pena entenderla, pero no es más que una partida entre otras en el presupuesto anual de un propietario.
La plaza del puerto
Dependiendo del puerto, la región y el tamaño de la embarcación, el amarre puede suponer un gasto considerable.
A esto se suma un problema bien conocido en determinadas zonas de navegación: la disponibilidad de amarres.
El seguro
El seguro también es un gasto que hay que incluir en el coste total de la embarcación.
Su importe depende, entre otras cosas, del valor de la embarcación, de sus características, de su uso y del nivel de cobertura elegido.
El cuidado y el mantenimiento
Revisión del motor, antiincrustante, limpieza, sustitución de piezas, equipos de seguridad, manipulación, preparación para el invierno…
Un barco debe someterse a un mantenimiento periódico para que esté siempre listo y pueda navegar en buenas condiciones.
Algunos gastos son previsibles. Otros, mucho menos.
Una avería o una pieza que haya que sustituir puede alterar rápidamente el presupuesto previsto para la temporada.
El coste se produce incluso cuando el barco permanece en el puerto
Probablemente sea uno de los aspectos menos evidentes en el momento de la compra.
El propietario sigue pagando su barco incluso cuando no lo utiliza.
Sin embargo, las condiciones meteorológicas, las obligaciones laborales, la vida familiar o, simplemente, la falta de tiempo pueden limitar el número real de días de navegación a lo largo del año.
Por lo tanto, la pregunta correcta no es solo:
«¿Cuánto me cuesta mi barco al año?»
También puede convertirse en:
«¿Cuánto me cuesta realmente cada día que disfruto de ello?»
Esta reflexión cambia profundamente la forma de plantearse el presupuesto para la náutica.
Durante mucho tiempo, el camino del navegante de recreo parecía estar ya trazado.
Se descubría la navegación, a veces se alquilaban algunas embarcaciones y, cuando las ganas de navegar se hacían más habituales, la compra se presentaba como el siguiente paso lógico.
Hoy en día, este modelo ya no es el único.
El alquiler sigue siendo una opción especialmente adecuada para salidas puntuales.
La propiedad horizontal permite compartir ciertos gastos, pero también implica que los propietarios se organicen entre sí.
Los clubes náuticos ofrecen otras formas de acceder a la navegación.
Y la suscripción náutica ofrece una nueva solución: navegar con regularidad sin necesidad de comprar una embarcación propia.
Es precisamente esa convicción la que nos ha llevado a desarrollar Liberty Pass.
Creemos que muchos navegantes aficionados buscan, ante todo, algo sencillo: poder disfrutar de un barco con regularidad sin tener que dedicar una parte importante de su tiempo a su gestión.
La reforma del impuesto sobre embarcaciones prevista para 2027, por sí sola, no pone en duda, evidentemente, el interés de convertirse en propietario.
No obstante, nos recuerda una realidad: cuando se compra un barco, su coste no se limita al precio pagado el día de la adquisición.
Posibles impuestos, amarre, seguro, conservación, mantenimiento… Todos estos elementos deben incluirse en el presupuesto global.
Es precisamente esta diferencia entre tener un barco y disfrutar de un barco en la que se basa nuestro enfoque.
En Liberty Pass, hemos decidido separar en la medida de lo posible el placer de navegar de las obligaciones que conlleva ser propietario de un barco.
El principio es sencillo: eliges una fórmula y, gracias a una suscripción, puedes acceder a una embarcación Liberty Pass en tu zona de navegación.
Nos hacemos cargo de los principales aspectos que suelen conllevar la propiedad: la plaza de amarre, el mantenimiento y el seguro. También ofrecemos asesoramiento y formación para facilitar el manejo de la embarcación.
Las reservas se realizan directamente desde nuestra aplicación.
Para garantizar la disponibilidad de cada barco, limitamos el número de tripulantes a un máximo de 6 suscriptores por embarcación. Nuestro sistema de fichas renovables nos permite organizar las reservas y planificar las salidas.
El combustible corre a cargo del abonado.
Nuestro objetivo no es reproducir un alquiler tradicional.
Queremos que nuestros socios puedan establecer una relación habitual con su embarcación: conocerla, acostumbrarse a la vida a bordo, mejorar sus habilidades y poder navegar durante todo el año, sin tener que ocuparse por su cuenta de todas las molestias que conlleva ser propietario de una embarcación.
Un presupuesto más orientado a la navegación
Probablemente sea aquí donde esta noticia fiscal se relaciona más directamente con nuestra visión de la navegación de recreo.
Cuando se es propietario, hay que tener en cuenta el coste total: adquisición o financiación, amarre, seguro, conservación, mantenimiento, posibles impuestos y gastos imprevistos.
Gran parte de estos costes se producen independientemente del número de salidas que se realicen realmente.
Con Liberty Pass, hemos querido proponer un enfoque diferente: agrupar los principales conceptos relacionados con el acceso y el uso de la embarcación en una suscripción más clara, al tiempo que nos encargamos de su gestión diaria.
Evidentemente, esto no significa que la suscripción sea siempre mejor que la compra.
Un navegante que desee disponer de su embarcación en exclusiva, personalizarla por completo, conservarla durante muchos años o navegar con fines muy específicos, naturalmente preferirá convertirse en propietario.
Pero cuando la prioridad es navegar con regularidad y, al mismo tiempo, reducir las dificultades de gestión, merece la pena hacer la comparación.
La verdadera cuestión ya no es solo:
«¿Qué barco puedo comprar?»
Queda así:
«¿Qué solución se adapta realmente a mi forma de navegar?»
Y es precisamente a esta pregunta a la que intentamos dar respuesta con Liberty Pass.
La tasa sobre embarcaciones de 2027 supone un cambio importante en la fiscalidad de la navegación de recreo.
El cálculo relacionado con la motorización cambia. La potencia de propulsión sustituye a la potencia administrativa como criterio de referencia. Las motorizaciones exclusivamente eléctricas o de hidrógeno se benefician de un tratamiento específico. Y, según el Gobierno, más del 90 % de las embarcaciones matriculadas deberían seguir estando exentas del impuesto.
Pero esta reforma también nos dice algo más amplio.
La navegación de recreo está cambiando.
Las embarcaciones evolucionan. Los sistemas de propulsión evolucionan. Y también lo hacen las expectativas de los navegantes de recreo.
Tener un barco propio sigue siendo, y seguirá siendo, un placer para muchos aficionados. Pero ya no es la única forma de navegar con regularidad.
Alquiler puntual, comunidad de propietarios, club náutico, abono para embarcaciones: cada modelo se adapta a distintos usos.
En Liberty Pass, hemos optado por la suscripción porque estamos convencidos de que, hoy en día, una parte de los navegantes desea navegar más y dedicarse menos a las tareas administrativas.
Nuestra función es ocuparnos de todo lo relacionado con el barco para que nuestros socios puedan centrarse en lo que realmente importa: preparar una salida, recoger su barco en el puerto, salir con la familia o los amigos y disfrutar de su tiempo en el agua.
La reforma del impuesto sobre embarcaciones de 2027 no cambia, al fin y al cabo, esta convicción.
Simplemente refuerza el interés por fijarse en el coste real de la propiedad en su conjunto, en lugar de fijarse únicamente en el precio de compra de la embarcación.
Y plantearse una pregunta antes de su próxima compra:
Para disfrutar de un barco con regularidad, ¿es realmente necesario ser propietario de él?
La información relativa a la reforma fiscal que se presenta en este artículo se basa, entre otras cosas, en:
Dado que la normativa fiscal puede depender de las características concretas de cada buque, esta información tiene carácter general y no sustituye a la verificación de la situación particular de un buque con arreglo a la normativa oficial vigente.
¿A cuánto ascenderá el nuevo impuesto sobre embarcaciones en 2027?
A partir del 1 de enero de 2027, se modificará el impuesto anual sobre las embarcaciones de uso personal. La reforma modifica, en particular, el cálculo relacionado con la motorización, al introducir el concepto de potencia de propulsión, expresada en kilovatios, como criterio de referencia.
¿Se gravarán todas las embarcaciones en 2027?
No. Según el Ministerio de Transición Ecológica, más del 90 % de las embarcaciones matriculadas seguirán estando exentas del impuesto. La sujeción al impuesto depende de las características de la embarcación y de las disposiciones previstas en la normativa.
¿A partir de qué potencia se aplica esta normativa a una embarcación?
A partir del 1 de enero de 2027, la reforma sustituye, entre otras cosas, el umbral de 22 caballos administrativos por un umbral de 120 kW de potencia propulsora para el criterio en cuestión. Esto equivale aproximadamente a 163 caballos mecánicos. Sin embargo, este umbral no basta, por sí solo, para determinar la situación fiscal completa de una embarcación.
¿Tendrán que pagar el impuesto los barcos eléctricos en 2027?
Cuando un buque sujeto a tributación utilice exclusivamente electricidad, hidrógeno o una combinación de ambas fuentes de energía, el componente del impuesto relacionado con la potencia se beneficia de una reducción del 50 %, en las condiciones previstas por la ley.
¿Siguen teniendo derecho a un descuento los barcos antiguos?
Sí. En el caso de los buques sujetos a tributación construidos antes del 1 de enero de 2008, la ley establece diferentes reducciones en función de su fecha de construcción y del componente del impuesto en cuestión.
¿Se puede navegar con regularidad sin comprar un barco?
Sí. Existen varias opciones en función de la frecuencia con la que se navegue: alquiler, copropiedad, club náutico o suscripción para barco. En Liberty Pass, ofrecemos una suscripción que permite acceder regularmente a un barco, con la plaza de puerto, el mantenimiento, el seguro y la asistencia incluidos. Las salidas se reservan a través de nuestra aplicación y el número de suscriptores está limitado a seis por barco.
¿Y si tu próximo barco no tuviera por qué ser de tu propiedad?
La fiscalidad cambia. Las embarcaciones cambian. Y nuestra forma de navegar también.
En Liberty Pass creemos que el placer de navegar no tiene por qué conllevar todas las obligaciones que conlleva ser propietario de una embarcación.
Nos encargamos de la amarre, el mantenimiento y el seguro. Te ayudamos a familiarizarte con el barco. Reserva tus salidas desde nuestra aplicación y disfruta de tu tiempo en el agua.
¿Tu prioridad es navegar? Descubre las embarcaciones Liberty Pass disponibles cerca de ti y encuentra la opción que mejor se adapte a tu forma de disfrutar del mar.
Liberty Pass le ofrece la mejor alternativa a la propiedad y el alquiler. Suscríbete al barco de tus sueños, libre de las limitaciones de la propiedad, y navega donde quieras, cuando quieras, desde 199 €/mes, todo incluido.